Más Eclécticos

Nuestra Sociedad necesita más posturas conciliadoras

El martes, #4M (Elecciones en la Comunidad de Madrid 2021, mayo, 4) hubo un voto de castigo a todo tipo de intentos de #adoctrinamiento.

Casi toda la información que leemos, está condicionada por nuestras ideologías. La alta participación, creó una sensación positiva.

Nuestra Sociedad necesita más #eclécticos

https://www.ondacero.es/noticias/elecciones-madrid/asi-han-votado-barrios-madrid-este-sido-resultado-electoral-distrito_202105046091ca0aa58b3f0001d43f69.html

En la #COPE ( https://www.ondacero.es/noticias/elecciones-madrid/elecciones-madrid-encuestas-ayuso-alsina-ultimas-noticias-hoy_2021042860890363fe86940001f7dc80.html ) Isabel Díaz Ayuso dijo: “La libertad es la posibilidad que cada mañana tiene un ciudadano, si tiene oportunidad, de elegir el tipo de vida que quiere”

Este párrafo, se incluye en un análisis que hace Ignacio Escolar (@iescolar ) en @eldiarioes :

https://www.eldiario.es/escolar/mentiras-ayuso-libertad_132_7880588.html

En dicho análisis se rebaten los conceptos que expone Isabel Díaz- Ayuso, dando datos relativos, que si se convierten en cifras absolutas (un 3,7% parece poco, pero al ser 1348 euros por habitante, ya no es tan poco, pues el total de la población de Madrid es que la de otras regiones que aparentemente invierten más (un 7%), pero claro, los costes fijos de 4 hospitales en una Región como La Mancha, son elevados para la poca población que los utiliza, en cambio en Madrid, dichos costes, serían bajos al estar diluídos entre tanta población.

Nuestra Sociedad, no necesita más desunión, España no necesita más posturas contrapuestas, sino más Eclecticismo, y eso escasea.

Yo soy el nieto de una persona exiliada en Paris, por motivo de la Guerra Civil de España, y además fué encerrado 4 años en un Campo de Concentración Nazi, en Buchenvald.

He sido estudiante con ideología fuertemente ligada con pensamientos socialistas e incluso más extremistas, pero, a partir de llevar más de 10 años trabajando, a finales de la década de 1990-2000 me empezó a preocupar más el saldo de mi cuenta bancaria, mi estabilidad emocional, mis necesidades económicas y sociales.

Hubo una evolución en mi interior, y empecé a valorar más críticamente la evolución de la legislación que se ha generado en España después de la promulgación de nuestra Constitución de 1978, que dice:

TÍTULO PRELIMINAR


Artículo 1

1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.

2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.

3. La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.


[Bloque 4: #a2]

Artículo 2

La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.

Ver toda la Constitución: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229

Busquemos con nuestros actos: la libertad de todos, la igualdad y el pluralismo político.

Debemos buscar la RE-DISTRIBUCIÓN de la riqueza.

Debemos buscar la ESTABILIDAD LABORAL Y PERSONAL.

La gran cantidad de Contratos Laborales que se crearon a partir de 1978, la mayor parte a partir de 1982, lo que hicieron fué crear un clima de INESTABILIDAD laboral (https://www.sepe.es/HomeSepe/empresas/Contratos-de-trabajo/modelos-contrato.html).

Tantos tipos de contratos, generan pocas escusas para que los empresarios hagan un Contrato Indefinido, que ya no tiene el concepto arcaico de FIJO, del que hablaba mi padre y la generación anterior.

El mercado laboral español ha vivido seis importantes reformas laborales desde 1980. El objetivo básico de todas ellas fue impulsar la creación de empleo y reducir la elevada tasa de paro que ha padecido la economía española de forma coyuntural las últimas décadas. Ninguna fue lo suficientemente profunda ni eficaz como para lograrlo.

Los cambios legislativos en el mercado de trabajo que introducirá hoy el Gobierno de Mariano Rajoy son los últimos de una larga lista de modificaciones que se han realizado en el Estatuto de los Trabajadores, pilar básico que regula las relaciones laborales en España. Desde su promulgación en 1980, ha sufrido cambios importantes en los años 1984, 1994, 1997, 2001, 2006 y, por último, en 2010, con José Luis Rodríguez Zapatero como jefe del Ejecutivo español.

La Constitución española aprobada a finales de 1978 estableció que una serie de aspectos clave de las relaciones laborales debían regularse por ley. De aquí surgió el Estatuto de los Trabajadores, como la primera y más importante de las normas que la Carta Magna sugería.

La Ley del Estatuto del Trabajador trató de crear un sistema estable y democrático de relaciones laborales, para lo que estableció un marco legal similar a los que ya existían en otros países europeos.

A pesar de la estabilidad a la que aspiraba el Estatuto del Trabajador, el empeoramiento de las condiciones económicas y el continuo aumento del paro llevaron a plantearse la reforma de la norma para hacer frente a los retos que tenía delante la sociedad española y, especialmente, para intentar acabar con lo que los expertos denominaban “rigideces” del mercado de trabajo.

  1. Primera reforma laboral

Así se llegó a 1984, cuando se produjo la primera modificación de la normativa.

Cómo se aprobó

La reforma laboral se articuló a través de una Ley promulgada el 2 de agosto, que se completó en octubre de ese mismo año con un Real Decreto. La reforma laboral llegó por medio de lo que se llamó Acuerdo Económico y Social, que firmaron el entonces presidente del Gobierno, Felipe González, los representantes de los empresarios (CEOE y CEPYME) y la Unión General de Trabajadores (UGT). Comisiones Obreras (CCOO), el otro sindicato mayoritario, quedó fuera de la firma.

Objetivos

La nueva normativa introdujo muchos nuevos contratos con el objetivo de facilitar a las empresas el uso de las relaciones laborales temporales. El objetivo era claro: reducir el alto nivel de desempleo a través de impulsar la contratación temporal. La táctica elegida fue la de, en lugar de modificar el núcleo duro del mercado del trabajo, crear un entorno a un lado en el que permitir la existencia de un grupo de trabajadores para los que las reglamentaciones del mercado serían mucho menos restrictivas.

Novedades

Siguiendo estos criterios, se creó e impulsó el contrato de fomento al empleo, considerado como “la estrella” de esta reforma. La nueva norma lo libera de toda restricción y lo amplía a cualquier trabajador desempleado, a la vez que suprime los topes de contratación fijados en función de la dimensión de la plantilla. Se podía renovar cada seis meses durante un período no superior a tres años.

También se estrenaron o modificaron el contrato eventual por circunstancias de la producción; el de trabajo en prácticas -cuyo plazo para que se pueda utilizar se amplía hasta los cuatro años después de la obtención del título-; el de formación con un aumento del límite de edad hasta los 20 años; el de tiempo parcial; y el contrato de lanzamiento de nueva actividad, que desde ese momento se podía renovar cada tres meses, durante un plazo no superior a tres años.

Al margen de la contratación, esta nueva ley también reformó la protección por desempleo para permitir que los trabajadores que tenían contratos de duración determinada tuvieran derecho a percibir prestaciones.

Resultados

La reforma cumplió su objetivo de crear empleo, ya que según datos del Anuario de Estadísticas Laborales, elaborado por el Ministerio de Trabajo, el número de ocupados se incrementó en 1.365.000 personas, por el aumento en 765.000 personas del número de parados. Sin embargo, el nuevo marco legal generó el problema de la alta tasa de temporalidad del mercado laboral, es decir, el elevadísimo número de contratos temporales. Además, no consiguió corregir la elevada tasa de paro, que en 1993 se encontraba en el 22,7%.

  1. Una de las más profundas

Las autoridades comenzaron a debatir sobre la necesidad de una nueva reforma laboral en la crisis de principios de los Noventa.

Cómo se aprobó
El diálogo para realizar cambios en el mercado laboral comenzó realmente en 1992. Las elecciones generales celebradas en 1993 supusieron un paréntesis para las negociaciones, que prosiguieron inmediatamente después de la cita con las urnas, ya que una de las principales promesas de los comicios por parte del PSOE, partido en el poder, fue alcanzar un pacto social. Finalmente, el diálogo fracasó y el Ejecutivo presentó al Parlamento de forma unilateral un proyecto de reforma del mercado de trabajo, que se convirtió en ley en 1994.

Para algunos expertos, “ha sido la reforma más importante que ha sufrido el Estatuto de los Trabajadores”, como indica Sandalio Gómez en su estudio Las reformas laborales en España y su impacto real en el mercado de trabajo en el período 1985-2008.

Objetivos

En líneas generales, se puede decir que el objetivo de la nueva normativa era potenciar el desarrollo de la negociación colectiva, así como introducir mecanismos de adaptabilidad en la relación laboral.

Novedades

La ley afecta con más o menos intensidad a la mayor parte de las instituciones reguladas en el Estatuto de los Trabajadores, tanto las relacionadas con el acceso del trabajador al empleo, con el desarrollo de la relación laboral durante su transcurso y con los procedimientos y garantías de la extinción del contrato, como las relativas a la negociación, contenido y eficacia de los convenios colectivos.

De forma más concreta, uno de los objetivos de la reforma era reducir la contratación temporal, para lo que suprimió el contrato de fomento al empleo, que quedó reducido a casos muy concretos (personas mayores de 45 años, con más de un año en el desempleo, trabajadores minusválidos, etc.).

La nueva ley también pretendía facilitar la inserción de los jóvenes en el mercado laboral, y para lograrlo impulsó los contratos de formación (prácticas y aprendizaje). La norma quiere flexibilizar el desarrollo de la relación laboral (más grupos profesionales, movilidad geográfica, flexibilidad de horarios, etc.) y el despido individual y colectivo, ampliando las posibilidades del despido objetivo.

Por último, hay que señalar que la ley regula algunos aspectos de las relaciones laborales que hasta la fecha estaban regulados por disposiciones legales, y que a partir de ese momento empezaron a ser objeto de la negociación colectiva, no sin dificultades debido al rechazo de la reforma por parte de los sindicatos.

Resultados

La ley no logró reducir la temporalidad del mercado laboral, con lo que fracasó en uno de sus principales objetivos. En concreto, la proporción de contratos temporales aumentó en un 7%, al pasar de suponer el 31,36% del total en 1994 al 37,23% en 1997 (Anuario de Estadísticas Laborales», Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales). Lo que sí logró la reforma fue aumentar el número de ocupados (de 11,7 millones en 1994 a 12,8 en 1997) y reducir la tasa de paro hasta el 20,8%.

Pero la reforma general, fue insatisfactoria para los agentes sociales. Los sindicatos tenían la sensación de que el principal objetivo de la nueva legislación era modificar la relación de fuerzas a favor de los empresarios, mientras que para los empresarios la reforma había sido demasiado pequeña ya que para ellos el punto más importante, el del despido objetivo por motivos económicos, era demasiado ambiguo.

1996. Primera reforma del PP


El incumplimiento de la reducción de la temporalidad y el malestar de los agentes social empujaron al nuevo Gobierno del Partido Popular que llega al poder en 1996 a plantear la necesidad de una nueva reforma, aunque puso como condición que fuera con un acuerdo de todos los protagonistas de la negociación.

Cómo se aprobó

Tras varios meses de negociaciones, la reforma laboral contó con un acuerdo entre CEOE, CEPYME, CCOO y UGT, que se concretó abril de 1997 en el Pacto sobre Estabilidad en el Empleo y que se tradujo en diversas medidas legislativas un mes después. Este acuerdo social contaba con tres grandes apartados: Acuerdo Interconfederal para la Estabilidad del Empleo, Acuerdo Interconfederal sobre Negociación Colectiva y Acuerdo sobre Cobertura de Vacíos.

Objetivos

Uno de los principales propósitos de la nueva normativa laboral era incrementar la contratación indefinida.

Novedades

Para conseguirlo, se crea una nueva figura contractual, el contrato de fomento de la contratación indefinida, con una indemnización menor en el caso de despido objetivo declarado improcedente (33 días por año de servicio, con un tope máximo de dos años).

Al mismo tiempo, y como no podía ser de otra forma, se pretende limitar y controlar los contratos temporales eliminando el contrato por lanzamiento de nueva actividad. También se modifican las condiciones de los contratos de inserción en el mercado de trabajo (contrato de formación y contrato en prácticas).

Resultados

En el período 1998-2001, los contratos temporales pasaron de 3.316.700 a 3.806.700, mientras que los indefinidos aumentaron desde 5.542.100 a 6.858.400. La proporción de contratos temporales disminuyó un 2% con respecto al principio del período: en 1998 era del 37,43% del total, y en 2001 era del 35,69%.

La reforma laboral también consiguió disminuir la tasa de paro de forma muy notable, al pasar del 18,8% en 1998 al 10,5% en 2001. Y en lo que respecta al número de parados, se colocó en 1.869,1 en 2001, frente a los 3.060,3 de cuatro años antes.

Cambios en 2001



La cuarta reforma laboral que se ha llevado a cabo en España se ejecutó en el año 2001. El contexto en el que se desarrollaron las nuevas modificaciones del Estatuto del Trabajador cuenta con algo inedito que no se había dado en el desarrollo de las anteriores reformas: la situación del mercado laboral era mejor que nunca y parecía haber entrado en una senda de recuperación continua, como muestran los datos del Anuario de Estadísticas Laborales del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales que se acaban de indicar en el párrafo anterior. A esto hay que subrayar que el país se encontraba en una situación de “paz social”, es decir, un ambiente de cordialidad y colaboración entre los representantes de los trabajadores, los representantes de los empresarios y el Gobierno, después de que todos ellos acordaran la anterior reforma laboral.

Aprobación

La reforma se aprobó sin el consenso de los agentes sociales. Como consecuencia del fracaso de las negociaciones, el Gobierno aprobó de forma unilateral en el Consejo de Ministros del 2 de marzo de 2001 un nuevo paquete normativo para modificar el mercado laboral. El 5 de marzo el pleno del Congreso de los Diputados aprobó con 175 votos favorables (del PP, CiU y CC) y 133 en contra (PSOE, IU, el Grupo vasco y el Mixto) la convalidación del Decreto-Ley de Medidas Urgentes de Reforma del Mercado Laboral, tramitado como Proyecto de Ley por vía urgente.

Objetivos

En estas condiciones, el objetivo principal era el de ampliar en el tiempo las medidas acordadas en la última reforma de 1997 y permitir así aumentar los beneficios que se creía que ésta estaba reportando al mercado laboral español.

Al mismo tiempo, se promueven algunas medidas para fomentar la contratación a tiempo parcial; la duración máxima de los contratos eventuales por circunstancias de la producción se reduce de trece meses y medio a doce meses; se crea el contrato de inserción como una nueva modalidad de contrato temporal para el personal de las Administraciones públicas que tiene como objetivo la realización de una obra o servicio de interés general o social como medio de adquisición de experiencia laboral; y por último, como una de las medidas más destacadas, se trata de favorece la conversión de los contratos temporales en indefinidos abaratando el coste del despido para los fijos y encareciéndolo para los temporales.

Resultados

La reforma laboral no consiguió que la contratación temporal cayera, como demuestra el hecho de que los contratos temporales pasaron de los 3.806.700 en 2001 a los 4.316.300 de 2005. Aunque al mismo tiempo, se logró aumentar la contratación indefinida, que alcanzó los 8.021.600 contratos, 1.163.200 más que cuatro años atrás. De esta manera, se obtiene que el peso de la contratación temporal caiga hasta suponer el 34,98 del total.

Las modificaciones legales consiguen también aumentar de manera importante el número de personas ocupadas, que llega a los 19.895,6 millones en el primer trimestre de 2006. La tasa de paro pasa del 10,5% de la población activa en 2001 al 8,5% en 2006.

Modificaciones de 2006


Aprobación

El Gobierno, patronal y sindicatos firman el 9 de mayo de 2006 un acuerdo de reforma del mercado laboral.

Objetivo

El principal objetivo, una vez más, de combatir la contratación temporal y rebajar la tasa de desempleo, que en ambos casos presumían de ser las más altas de toda la Unión Europea. La iniciativa también pretendía rebajar los costes laborales de las empresas y mejorar la protección de desempleo de colectivos específicos.

Novedades

Para impulsar y apoyar el empleo, la contratación indefinida y la conversión de empleo temporal en fijo, se bonificó y estimuló a los nuevos contratos indefinidos, la conversión de temporales en fijos y se redujo las cotizaciones empresariales al Fondo de Garantía Salarial y por desempleo.

Estas medidas eran limitadas en el tiempo, ya que sólo afectaron únicamente a los contratos celebrados con anterioridad al 1 de junio de 2006 que se transformen en indefinidos antes del 1 de enero de 2007.

Las medidas para limitar la utilización sucesiva de contratos temporales fueron otro de los puntos clave de esta reforma, así como las iniciativas para introducir mayor transparencia en la subcontratación de obras y servicios entre empresas cuando comparten un mismo centro de trabajo.

Por último, la reforma introdujo acciones orientadas a potenciar la eficiencia de las Políticas Activas de Empleo y la capacidad de actuación del Sistema Nacional de Empleo, y a mejorar la protección de los trabajadores ante la falta de empleo, tanto en materia de protección por desempleo como en las prestaciones del Fondo de Garantía Salarial.

Resultados

Evaluar los resultados de la reforma laboral de 2006 hasta la aprobación de la última en 2010 resulta un propósito harto difícil. El mercado de trabajo español se ha visto fuertemente afectado por una de las mayores crisis económicas mundiales del último siglo, cuyo germen fue el estallido en el verano de 2007 de la crisis de las hipotecas subprime en Estados Unidos, que casi logra colapsar el sistema financiero del país y, por contagio, el de todo el planeta.

La primera economía del mundo entró oficialmente en recesión a finales de 2007, según la Agencia Nacional de Investigaciones Económicas (NBER). La economía española entró técnicamente en recesión en el cuarto trimestre de 2008 y ha logrado salir de ella en el primer trimestre de 2010.

La tasa de paro del país ha pasado del mínimo histórico del 7,95% registrado en el segundo trimestre de 2007 hasta el 20,05% de los primeros tres meses de 2010, según datos de la Encuesta de Población Activa del Instituto Nacional de Estadística (INE).

2010. Los cambios de Zapatero


La reforma laboral aprobada por el Gobierno español el 16 de junio de 2010 nace en un difícil contexto socioeconómico.

Las últimas reformas laborales se habían mostrado más o menos eficaces para reducir el desempleo e ir disminuyendo con pequeños pasos la temporalidad de los contratos, pero la crisis económica destapó alguno de los más importantes defectos de los que adolecía aquella normativa laboral, como la flexibilidad para adaptarse a distintos ciclos económicos y la fuerte dicotomía del mercado laboral, con unos trabajadores con contratos indefinidos fuertemente protegidos, que perjudican a unos trabajadores considerados de “segunda fila”, con contratos temporales, muy desprotegidos, y que han sido los que han sufrido la gran mayoría de los despidos que se han producido durante la actual etapa de crisis.

Las cifras en este sentido eran claras, en ningún país de la Unión Europea la destrucción de empleo en la etapa de recesión estaba siendo tan brutal como en España, que vuelve a encabezar el ranking de países con mayores tasas de desempleo, según los datos oficiales publicados por Eurostat, la oficina estadística de la UE.

Cómo se aprueba

Dada la gravedad de la situación económica española, el Ejecutivo decide el 16 de junio aprobar de forma unilateral la reforma laboral en el Consejo de Ministros. Este es el final de una larga etapa de negociaciones entre sindicatos y patronal que no llega a alcanzar ningún tipo de acuerdo.

Novedades

Una de las principales medidas de la última reforma laboral es el abaratamiento del despido. Se aplicará prácticamente a todos los modelos de contratos indefinidos una indemnización por despido improcedente de 33 días por año trabajado, hasta una cuantía salarial máxima equivalente a dos años.

Por el contrario, se incrementa el coste por despido de los contratos temporales de 8 a 12 días, y se limita el uso del contrato por obra y servicio a cuatro años máximo. Para abaratar más los costes del despido a las empresas, el Gobierno subvencionará a cargo del Fondo de Garantía Salarial ocho días de la indemnización de todos los trabajadores indefinidos.

También destaca que el texto facilitará que los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) temporales se apliquen sólo a unas horas de la jornada laboral, mientras el trabajador cobrará una parte del paro.

La séptima reforma Laboral, de Rajoy, fué polémica, pero generó aumento de empleados.

En 2020, irrumpe la #Pandemia del #COVID y vuelve a generar una tragedia mundial y en nuestro país, de crisis de empleo, que parece que en 2021 se mitiga.

Sería positivo leer: https://contenidos.ceoe.es/CEOE/var/pool/pdf/publications_docs-file-128-la-evolucion-de-las-relaciones-laborales-en-el-estatuto-de-los-trabajadores.pdf

Los recientes acontecimientos y la comparativa de los pasados 40 años, me generan una conclusión: todos debemos recapacitar, evaluar lo vivido y exigir mayor entendimiento entre todas las fuerzas políticas, sociales, sindicales, el cuarto poder, la prensa, y nosotros, los ciudadanos.

Sin entendimiento, sin permeabilidad a lo que opinan y viven los demás, nunca tendremos una auténtica democracia. Más #eclecticismo puede ayudar a ello.

Me complace ver que hay más opiniones a favor de este concepto:

Las empresas necesitan líderes eclécticos

Categories Autoayuda, Cultura

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